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Preguntas Frecuentes

FAQS (FREQUENTLY ASKED QUESTIONS)

Encuentra respuesta a tu pregunta en nuestro listado de preguntas más frecuentes, si sigues con dudas siempre puedes consultarnos directamente. 

PRÁCTICAS EN EMPRESAS

No, en absoluto. La participación en el programa de prácticas es gratuito para los alumnos.

Accede a ICARO y en el menú lateral izquierdo selecciona la opción Mis Selecciones, a continuación se mostrará un desplegable con el historial de todas las ofertas en las que has sido o fuiste seleccionado.

Las prácticas extracurriculares son remuneradas, estando el mínimo en 360 euros mensuales, a aportar por la Empresa o Entidad Colaboradora.

Las prácticas curriculares no son obligatoriamente remuneradas, pero la Empresa o Entidad Colaboradora podrá abonar mensualmente al estudiante seleccionado una cantidad en concepto de bolsa o ayuda al estudio.

De acuerdo con la Dirección General de Tributos del Ministerio de Hacienda (Consultas nº 1770/02 nº 1992/00) sobre las prácticas de estudiantes universitarios, las ayudas al estudio que las empresas satisfagan a los alumnos universitarios en el marco de los Convenios de Cooperación Educativa constituyen rendimientos del trabajo plenamente sometidos al Impuesto de la Renta de las Personas Físicas. Por tanto al importe de la bolsa o ayuda al estudio que reciba el alumno deberá efectuarse la retención correspondiente a cuenta del IRPF.

El estudiantado estará cubierto, en caso de accidente, enfermedad o infortunio familiar, por el Seguro Escolar en los términos y condiciones que establece la legislación vigente. El estudiantado que se encuentre fuera de la cobertura del Seguro Escolar (mayores de 28 años, o estudiantado extranjero que no resida legalmente en España) estará cubierto por la póliza de seguro colectivo de accidentes contratado por la Universidad de Málaga para este colectivo, siguiendo el procedimiento establecido en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Además, queda garantizada la responsabilidad civil de daños a terceros que pueda ocasionar el estudiantado en prácticas por la póliza que la UMA tiene suscrita a tales efectos. En el caso de los títulos propios, deberá suscribirse un seguro que cubra la realización de las prácticas con cargo al presupuesto del título.

El estudiantado estará cubierto, en caso de accidente, enfermedad o infortunio familiar, por el Seguro Escolar en los términos y condiciones que establece la legislación vigente. El estudiantado que se encuentre fuera de la cobertura del Seguro Escolar (mayores de 28 años, o estudiantado extranjero que no resida legalmente en España) estará cubierto por la póliza de seguro colectivo de accidentes contratado por la Universidad de Málaga para este colectivo, siguiendo el procedimiento establecido en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Además, queda garantizada la responsabilidad civil de daños a terceros que pueda ocasionar el estudiantado en prácticas por la póliza que la UMA tiene suscrita a tales efectos. En el caso de los títulos propios, deberá suscribirse un seguro que cubra la realización de las prácticas con cargo al presupuesto del título.

El cumplimiento de las obligaciones a la Seguridad Social se ajustará a las siguientes reglas:

  1. En el caso de las prácticas remuneradas, el cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social corresponderá a la entidad u organismo que financie el programa de formación, que asumirá a estos efectos la condición de empresario. En el supuesto de que el programa esté cofinanciado por dos o más entidades u organismos, tendrá la condición de empresario aquel al que corresponda hacer efectiva la respectiva contraprestación económica. Las altas y las bajas en la Seguridad Social se practicarán de acuerdo con la normativa general de aplicación.
  2. En el caso de las prácticas no remuneradas, el cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social corresponderá a la Universidad de Málaga, salvo disposición normativa contraria o acuerdo expreso de las partes. Quien asuma la condición de empresario deberá comunicar los días efectivos de prácticas a partir de la información que facilite el centro donde se realice la práctica formativa. La gestión de las altas y bajas en la Seguridad Social corresponderá al centro al que corresponda la titulación del estudiantado en prácticas.

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No, no estás contratado, es un complemento a tus estudios universitarios. Es decir, estás en calidad de alumno y no de trabajador.

Sí, pero en caso de renunciar a las prácticas, deberás cumplimentar el impreso de renuncia facilitado por nuestro Servicio de Empleabilidad y Emprendimiento de la UMA, y especificar detalladamente los motivos de la renuncia, así como la documentación que justifique dicho motivo.

La convalidación de prácticas extracurriculares por créditos de libre disposición podrá ser efectiva según el Plan de Estudios de cada Centro. 

Para ello, debes solicitar a la Empresa o Entidad donde hayas realizado tus prácticas que te emita un Certificado de Prácticas en el que conste tu nombre, DNI, periodo de prácticas, horas totales de las mismas y tareas desempeñadas. Remitiendo este certificado, sellado y firmado por la empresa a nuestro Servicio te emitiremos un Informe de Prácticas, con el que posteriormente podrás solicitar la convalidación, presentándolo en la Secretaría de tu Centro.

El informe del alumno se activa 7 días antes de la fecha de finalización de la práctica. La fecha de finalización puedes verla accediendo en ICARO a la sección Mis Selecciones y haciendo clic en el código de la práctica.

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